La línea catalana que subvenciona el traslado de actividades económicas desde entresuelos o plantas superiores a locales a pie de calle ya admite solicitudes. El plazo comenzó el 5 de octubre y termina el viernes 30 de octubre de 2026 a las 14.00. La ficha específica de Tràmits Gencat establece que la presentación se hace por internet y que debe utilizarse el formulario propio del expediente.

La medida puede interesar a profesionales y empresas de Barcelona que mantengan su actividad en una planta sin acceso directo desde la vía pública y estén trasladándola a un local con entrada desde la calle. La Generalitat la incluye en el ámbito 4 del programa de apoyo a la apertura, reforma y mejora de establecimientos del Consorcio de Comercio, Artesanía y Moda de Cataluña (CCAM). No es una ayuda general para abrir cualquier negocio: el traslado desde la ubicación elevada es parte central de los requisitos.

Cuánto cubre y qué gastos admite

La subvención puede cubrir hasta el 75 % de los gastos que se consideren subvencionables, con un máximo de 30.000 euros por solicitud. La convocatoria, identificada con el código BDNS 932311, cuenta con una dotación total de 600.000 euros y se tramita en concurrencia competitiva. Por tanto, el porcentaje y el límite son topes: no equivalen a una concesión automática ni aseguran que cada solicitante reciba la cantidad máxima.

La ficha oficial del CCAM incluye entre los gastos la compra, el arrendamiento o la concesión administrativa del nuevo local, además de la reforma y mejora del establecimiento. Tràmits Gencat concreta ejemplos de gastos de apertura como obras, proyectos de interiorismo, instalaciones, mobiliario y actuaciones para embellecer el escaparate. La inversión subvencionable mínima es de 2.000 euros. Para alcanzar el máximo de 30.000 euros al porcentaje del 75 %, el gasto admitido tendría que llegar a 40.000 euros; la administración determinará qué partidas se aceptan según las bases.

La ayuda exige que el espacio que se deja libre pueda destinarse a uso residencial conforme a la normativa urbanística y sectorial. Ese requisito conecta la medida con el objetivo del Govern de facilitar vivienda, pero no convierte por sí solo una antigua oficina o consulta en una vivienda ni sustituye los permisos que sean necesarios. La convocatoria busca que la actividad económica pase a la planta baja y que el espacio superior liberado sea apto para ese uso.

Quién puede pedirla

Pueden optar profesionales autónomos y empresas titulares de actividades económicas instaladas en un entresuelo o una planta superior sin acceso directo desde la vía pública, siempre que reubiquen la actividad en un local a pie de calle. El nuevo establecimiento debe tener acceso directo a la vía pública. Si se compra, alquila o recibe mediante autorización de uso o concesión administrativa, la persona solicitante debe figurar como titular del contrato correspondiente. También debe disponer del permiso municipal que corresponda.

La ficha de Tràmits añade que se aceptan solicitudes con licencia de apertura del año en que se publica la convocatoria aunque el traspaso corresponda al año anterior. Este matiz aconseja revisar el expediente concreto antes de descartar una operación por su fecha. La página de la Generalitat no describe la ayuda como una compensación por cualquier gasto de mudanza; delimita las partidas al nuevo local y a su apertura o mejora.

Documentación y presentación

El trámite es exclusivamente electrónico y el formulario principal debe firmarse con uno de los certificados digitales admitidos. La documentación anexa incluye un modelo normalizado con datos específicos, el certificado de situación censal de la Agencia Tributaria, fotografías de la fachada y del interior de los dos establecimientos —el de origen y el nuevo— y una copia del contrato correspondiente, debidamente firmada. También hay que aportar la cédula de habitabilidad del espacio que queda libre o un informe técnico que acredite que cumple las condiciones de habitabilidad.

La ficha advierte de que una petición genérica no sirve para presentar esta solicitud. Quien la utilice tendría que volver a presentar el expediente con el formulario específico, y la fecha que contaría sería la de esa nueva presentación. El acceso está disponible en la página del trámite de ámbito 4; la hora límite del último día es las 14.00 del 30 de octubre, no el final de la jornada.

La ficha en español mantiene un aviso antiguo

Hay una discrepancia visible entre páginas oficiales. La ficha en español de Canal Empresa, cuya última actualización indicada es el 26 de junio, todavía muestra «Próximamente» junto al acceso del ámbito 4. En cambio, la página del CCAM fija el periodo del 5 al 30 de octubre, y el expediente específico de Tràmits Gencat ofrece el apartado «Solicitar» con esas mismas fechas y el enlace al formulario. Esa ficha identifica además la resolución de convocatoria publicada en el DOGC número 9763 el 2 de octubre. La Base de Datos Nacional de Subvenciones recoge la convocatoria y su presupuesto de 600.000 euros.

Para una empresa de Barcelona que esté valorando el traslado, la referencia operativa es el formulario específico y las condiciones de la convocatoria, no el rótulo antiguo que continúa en la ficha general en español. Conviene comprobar antes de enviar que la actividad de origen, el acceso del nuevo local, el permiso municipal, la inversión y la aptitud residencial del espacio liberado pueden acreditarse con los documentos requeridos. El plazo permanece abierto hasta el 30 de octubre de 2026 a las 14.00, sujeto a la valoración y resolución administrativa.